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Mostrando entradas de septiembre, 2021

ACTIVIDAD 1 SEMANA 7

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 - Oliver Axel Cruz Velázquez   ACUERDOS INTERNACIONALES: ¿QUÉ SON Y CUÁLES SON SUS TIPOS? Es importante para las naciones mantener las mejores relaciones posibles, no sólo con los países vecinos, sino también con el mundo entero. Muchas veces un país, por sí mismo, no tiene la capacidad de realizar un proyecto importante para su desarrollo. En estos casos, la solución puede ser una labor conjunta. Es posible que otro país esté buscando el mismo objetivo y ambos puedan ayudarse con un acuerdo internacional. ¿Qué son los acuerdos internacionales? Los acuerdos internacionales son proyectos elaborados entre dos o más países, en los cuales cada uno se compromete a realizar acciones que culminarán en el beneficio de todas las partes. Estos acuerdos, además de contribuir con el desarrollo de los países, estrechan relaciones entre sus participantes a través de la confianza y la cooperación. DIFERENCIAS ENTRE ACUERDO, TRATADO, CONVENIO, PACTO Y LAUDO ARBITRAL La similitu...

Tarea 1 SEMANA 7

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-  Oliver Axel Cruz Velázquez Reforma Constitucional. (Artículo 135 Constitucional). La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su carácter de norma jurídica superior del Estado mexicano, es susceptible de ser reformada mediante modificaciones, adiciones o derogaciones de sus textos contenidos en los títulos, capítulos, secciones, artículos, párrafos, apartados, fracciones e incisos. Así lo reconoce expresamente el artículo 135 de la propia Constitución General de la República, al establecer que puede ser adicionada o reformada, siguiendo los requisitos y formalidades previstos en la propia Ley. Requisitos: Que el Congreso de la Unión, a través de cada una de sus dos Cámaras, apruebe por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, las reformas o adiciones. Que las reformas o adiciones sean aprobadas por la mayoría absoluta (la mitad más una) de las legislaturas de los estados. PRIMERO.- Corresponderá a la Cámara revisora que apruebe en...

DIFERENCIAS ENTRE PODERES

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 Oliver Axel Cruz Velázquez   DIFERECNIA ENTRE PODER CONSTITUYENTE, CONSTITUYENTE PERMANENTE Y PODERES CONSTITUIDOS     poder constituyente Es aquel que tiene lugar cuando se dicta la primera Constitución del Estado o la Constitución que sucede a un proceso revolucionario, siendo esencialmente incondicionado en procedimiento y contenido (a excepción de lo que surja de pactos o convenios pre-constituyentes reconocidos como tales por los autores de la Norma Fundamental). El  poder constituyente derivado  es aquel que se ejerce para modificar total o parcialmente la Constitución vigente, debiendo cumplir con el procedimiento y —en caso de haberlos— los límites temáticos preestablecidos al momento de habilitarse su ejercicio.   Constituyente Permanente . Órgano competente para adicionar o reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se integra por las cámaras de Diputados y de Senadores y las legislaturas estatales. A niv...

PREGUNTA - DEBATE

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  Oliver Axel Cruz Velázquez  PODERES CONSTITUIDOS Los poderes constituidos, creados por la Constitución, hijo: el poder revisor de la misma y el tribunal constitucional, donde ellos existan; los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, y los órganos constitucionales autónomos. PODER CONSTITUYENTE El  poder constituyente  es la potencia originaria, extraordinaria y autónoma del cuerpo político de una sociedad que dicta las normas fundamentales para la organización y funcionamiento de su convivencia política y jurídica, pudiendo sustentar o cancelar la Constitución en su pretensión de validez. Esta potestad es la “suprema capacidad y dominio del pueblo sobre sí mismo al darse por su propia voluntad una organización política y un ordenamiento jurídico PODDER CONSTITUYENTE PERMANENTE Órgano competente para adicionar o reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se integra por las cámaras de Diputados y de Senadores y las legislaturas e...

DERECHO CONSTITUCIONAL

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 Oliver Axel Cruz Velázquez GRAFICO DETONANTE Constitucionalismo y Poder: El  constitucionalismo  es concebido como una posición filosófica y política que las comunidades humanas adoptan en algún momento de la historia. esa posición es concebida y explicada por intelectuales del derecho y la política, es decir, del derecho que podemos llamar político. Poder constituyente o derecho constitucional para establecer o modificar la constitución: el que se ejerce incondicionalmente para dotar de una constitución a un estado que no la tiene o no la tiene ya después de una revolución. A continuación habrá un collage, respecto al tema, los invito a realizar un comentario a cerca de lo que hayan entendido o les haya llamado la atención. Fuentes: UNAM. (2020) Teoría de la constitución, constitucionalismo y poder: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4426/6.pdf (2020) Enciclopedia Jurídica, Poder: http://www.enciclopedia-juridica.com/d/poder/poder.htm