DIFERENCIAS ENTRE PODERES
Oliver Axel Cruz Velázquez
DIFERECNIA ENTRE PODER CONSTITUYENTE, CONSTITUYENTE PERMANENTE Y PODERES CONSTITUIDOS
poder constituyente
Es aquel que tiene lugar cuando se dicta la
primera Constitución del Estado o la Constitución que sucede a un proceso
revolucionario, siendo esencialmente incondicionado en procedimiento y
contenido (a excepción de lo que surja de pactos o convenios pre-constituyentes
reconocidos como tales por los autores de la Norma Fundamental). El poder constituyente derivado es aquel que se ejerce para modificar total o
parcialmente la Constitución vigente, debiendo cumplir con el procedimiento y
—en caso de haberlos— los límites temáticos preestablecidos al momento de
habilitarse su ejercicio.
Constituyente
Permanente.
Órgano competente para adicionar o reformar la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se integra por las
cámaras de Diputados y de Senadores y las legislaturas estatales. A nivel local
se le llama órgano revisor y se integra por el Congreso local y los
ayuntamientos.
Poderes Constituidos
Los poderes constituidos, creados por la Constitución, hijo:
el poder revisor de la misma y el tribunal constitucional, donde ellos existan;
los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, y los órganos constitucionales
autónomos.
No obstante, ellos no tienen la misma jerarquía
constitucional; unos son jerárquicamente superiores a los otros. Podemos,
entonces, referirnos a órganos o poderes constituidos primarios y a órganos o
poderes constituidos secundarios. Todos son constituidos porque se crean en la
Constitución, pero los primarios gozan de jerarquía superior respecto a los
secundarios o, si se quiere, se puede expresar esta idea diciendo que los
primarios tienen una competencia constitucional superior a los secundarios,
debido a la naturaleza de sus funciones.
Mientras el poder constituyente es un poder de origen, poder que se encuentra en sí, los poderes constituidos derivan de la Constitución.
Mientras que el poder
constituyente es el poder creador de todo el orden jurídico, los constituidos son
creados por el propio poder
constituyente en la Constitución.
Fuentes:
H,
Rossati.(2021) Doctrina jurídica: https://www.juezrosatti.com.ar/doctrina-judicial?l=32
UNAM.(2017) Jurídicas, Derecho: https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/rt/printerFriendly/4123/5331

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